Relatoría jurídica de la Gobernación del Atlántico /
- Barranquilla, Atlántico : Librería Jurídica Sánchez R. Ltda; Gobernación del Atlántico, 2018
- 2 volúmenes : tablas, ilustraciones, 20 centímetros
Incluye índice
Incluye referencias bibliográficas
vol. 1. Decisiones judiciales -- Pte. I. Consideraciones preliminares en relación con la metodología de trabajo empleado para el análisis de casos y providencias judiciales -- Estandarización de los patrones de análisis de casos -- criterios mayoristas previstos por la doctrina para el estudio a los precedentes judiciales y líneas jurisprudenciales -- Recomendaciones de la A.N.D.J -- Esquema aplicado para el desarrollo de este documento -- Graficas estadísticas de los procesos judiciales a cargo de la secretaria jurídica del departamento del Atlántico -- Pte. II. Asuntos contencioso administrativo -- 1. Asuntos laborales, y función pública -- Sanción moratoria -- Reajuste salarial -- Homologación -- Solicitud de reconocimiento y pago de pensión de sobrevivientes -- incorporación como trabajador y pago de mesadas pensionales -- Solicitud de reconocimiento y pago de pensión de vejez -- Reliquidación de pensión -- Contrato realidad -- 2. Asuntos de responsabilidad extracontractual del estado -- Canal del Dique -- Hechos cumplidos -- 3. Asuntos tributarios -- Impuesto al consumo -- Sancione por no declarar estampillas -- 4. Normas anuladas -- vol. 2. Conceptos jurídicos -- I. Asuntos de contratación estatal -- Otrosí a convenio interadministrativo -- Limite de adición convenios interadministrativos (articulo 40 de de la ley 80 de 1993) -- Viabilidad de pactar anticipo en contrato adicional -- Limitación de cuantía para contratación y adicionales de contratos estatales -- Tipologías contractuales para el apoyo en el financiamiento de la prestación del servicio de alumbrado público en los municipios del Atlántico -- pago anticipado/anticipo/contrato de prestación de servicios profesional y apoyo a la gestión -- Incentivo para promover la vinculación laboral y la celebración de contratos con personas y organizaciones conformadas por mujeres cabeza de familia en el departamento del Atlántico -- Colusión en licitaciones -- La pignoración de los derechos económicos del contrato de obra -- Enajenación de bienes -- Diferenciación entre los contratos suscritos con entidades sin animo de lucro ESAL - y los convenios de asociación de los que trata el articulo 5 de decreto 092 de 2017 y el articulo 96 de la ley 489 de 1998 -- Pertinencia de solicitar autorización de la Asamblea Departamental del Atlántico para suscribir contratos con cargo a los recursos del sistema general de regalías - Fondo de Ciencia y Tecnología e Innovación -- II. Asuntos tributarios -- Destinación de la estampilla pro ciudadela universitaria/tipo de mantenimiento de las sedes educativas de la universidad -- Exención o excepción de pago de estampillas departamentales, convenio de cooperación -- Destinación del 20% de la retención por concepto de la estampilla ITSA -- Tarifa del IVA aplicable a los contratos públicos adjudicados en 2016 ejecutados en 2017/ Ley 1818 de 2016 - reforma tributaria sustancial -- Inembargabilidad de recursos públicos en el sector salud Dación de pago realizada en virtud de un proceso de insolvencia en el marco de la Ley 550 de 1999 -- III. asuntos de carrera administrativa y otros aspectos -- Reconocimiento y pago del estimulo educativo y bono de productividad a todos los funcionarios de la planta de personal del sector central de la administración departamental -- Recusación del secretario de educación del departamento del Atlántico/Ley 1437 de 2011, articulo 11 N° 6 y Ley 1464 de 2012, articulo 141, N° 7.
Entre los genios que la humanidad destaca y reconoce, Johann W. Goethe, ocupa un puesto elevado y elevadas son sus sabias reflexiones. Su aforismo 1.408 que se encuentra en su obra filosófica "máximas y reflexiones" acude a una sentencia de las "moralistas" de Plutarco. En esta, Goethe, que era genio y figura de la reflexión jurídica, enseña, como abogado que era, que la ley debe ajustarse a como la jurisprudencia la trata en el dialogo intercomunicativo entre normas, casos y jueces y que, en consecuencia, todo jurista debe tomar en cuenta como fallan los jueces para lograr que su trabajo jurídico pueda ser orientado en forma estratégica hacia un resultado con cierto nivel de predicción.